Sandra Almeida: el primer lesbicidio en recibir justicia 

No fue sino hasta la condena por el femicidio de Sandra Almeida Lizama que un asesinato lesbofóbico fue reconocido por la justicia chilena como un crimen de odio. El fallo, dictado en agosto pasado, estableció 15 años y un día de cárcel para su agresor Cristopher Arnoldo Pino Pino. 

Antes de eso, la violencia de género había cobrado las vidas de María Pía Castro, asesinada el 13 de febrero de 2008, de Grace Soto, el 21 de noviembre de 2014 y de Ana Villarroel —conocida como dj Anna Cook—, el 2 de agosto de 2017. Los tres casos fueron cerrados sin que se obtuviera una sentencia favorable para ellas ni para sus familias. Así también, Cynthia Velásquez, asesinada el 9 de agosto de 2020; Pamela Fonseca y Estefanía Breve, en 2021; y Ana Almonacid y Karen Acevedo, en 2022. En estos últimos casos, los procesos judiciales continúan abiertos, con avances mínimos, mientras sus familias, organizaciones feministas y agrupaciones por los derechos de las diversidades sexuales mantienen la presión para que ninguno sea olvidado.

El femicidio de Sandra fue uno de los 51 registrados durante 2023 por la Red Chilena Contra la Violencia Hacia las Mujeres. El suyo ocurrió el 27 de noviembre de ese año, a plena luz del día y en la vía pública. Eran cerca de las dos de la tarde y conversaba con una amiga en la escalera de un block, en la población Lo Ermita, de Lo Barnechea. A ese sector de viviendas sociales había llegado cerca de 2009, después de vivir en dos campamentos. Esperó años por esa casa donde se trasladó a vivir junto a su madre, de 82 años, y su hija Javiera Sepúlveda Almeida, de 27.

Sandra tenía 58 años al momento del ataque. Había trabajado limpiando plazas en la misma comuna, en carritos de completos y como comerciante. Era abuela de una niña de ocho años y querida por sus vecinos del barrio. 

—Mi mamá tenía una muy buena relación con todos los vecinos. Nunca nadie le tuvo mala, nada de eso. Y para mi hija su abuela era todo —comenta Javiera.

El hombre que la asesinó tenía entonces 36 años y era conocido por ser conflictivo. Contaba con antecedentes penales, era microtraficante y, sobre todo, violento con Sandra cada vez que la veía en la calle o pasaba frente a su casa.

Esa tarde pasó discutiendo en voz alta con otra persona y, al ver a Sandra, se le acercó gritando:

—¡Contigo me voy a desquitar maricona…! 

Pino se devolvió a buscar un fierro que estaba tirado en la calle y fue directo a golpearla hasta dejarla en el suelo, inconsciente. Su amiga intentó intervenir, lo increpó, pero tuvo que huir cuando él también trató de atacarla con la misma arma. Fue otra vecina, que había salido a botar la basura, quien presenció la agresión y buscó ayuda entre los demás residentes del sector. Cuando su hija Javiera llegó, encontró a los vecinos alrededor de su madre moribunda. La llevaron al Cesfam de Lo Barnechea y, luego, la derivaron a la Clínica Indisa. Agonizó seis días. Su cuerpo no resistió los golpes. Sandra murió el 2 de diciembre de 2023. 

No era la primera vez que Pino la atacaba. Los testimonios de los vecinos durante el juicio confirmaron que ya la había golpeado antes. Todo comenzó por su apariencia. Sandra era una mujer lesbiana con expresión de género masculina. Llevaba el pelo corto y canoso, y vestía ropa ancha. Cada vez que la veía en la calle se burlaba de ella y la insultaba. Con el tiempo, esas agresiones verbales escalaron hasta convertirse en la forma más extrema de violencia.

—¡Sandra tres cocos! —le gritaba. 

O le decía Sandro y ella le decía que era Sandra, no Sandro. Vivía junto a su madre a quién se lo había contado porque era con quien tenía una relación de mayor intimidad por compartir el cotidiano. A su hija también le había comentado sobre las burlas constantes que sufría. Sin embargo, se negaba a denunciarlo por miedo a represalias. 

 —Muchas veces los vecinos me avisaron de lo que estaba ocurriendo porque mi mamá tenía epilepsia y esquizofrenia diagnosticada y yo era la que la iba a ver —explica Javiera.

A Sandra le atemorizaba que la golpeara nuevamente y que eso pudiera afectar su salud. Pino también la atacaba por ser una mujer mayor. La insultaba diciéndole “vieja maricona”. 

 —Él buscaba agredir a otras personas más vulnerables. Son personas que siempre están esperando la oportunidad para atacar, y no paran— comenta la abogada representante de la familia Claudia Castañeda.

Durante el proceso judicial, uno de los aspectos centrales para acreditar la violencia ejercida por Pino fue precisamente el lenguaje. Pasaron 34 testigos por el tribunal quienes aportaron antecedentes al caso: el relato de los vecinos fue crucial para comprender la dinámica de maltrato tanto verbal y físico que Pino ejercía contra ella.

—¡Tú eres débil! —le gritaba.

La abogada, también integrante del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), recalca que la palabra “maricona” se escuchó muchas veces durante el juicio, evidenciando, así, el desprecio indudable hacia Sandra.

 —Es la forma más clara y la primera que podemos notar cuando una persona siente odio por otra y para humillarla cuando no cumple con los estándares que crees que no son los correctos. El tribunal logró darse cuenta de eso más allá de lo que nosotros declaramos como defensa.

Para ella, quedó claro que el lenguaje —en todas sus formas— es la primera evidencia de la violencia de género: insultos, tonos burlescos y expresiones que la menoscaban como mujer y como parte de las diversidades sexuales.

Según el primer informe anual del Protocolo de Actuación y Coordinación para Víctimas de Delitos por su Identidad de Género u Orientación Sexual, lanzado en junio de este año, durante 2024 ingresaron 270 personas víctimas de delitos o violencia de género al protocolo para ser atendidas por el SernamEG y el Programa de Apoyo a Víctimas de la Subsecretaría de Prevención del Delito.

Dentro de los hallazgos, 218 personas fueron atendidas por violencia de género, de las cuales un 70,2% la violencia fue ejercida principalmente por parejas y/o exparejas, mientras que un 27,5% ha vivido violencia por parte de personas conocidas. La mayor manifestación de violencia es la psicológica, en un 49,1%, mientras que un 25,2% ha vivido violencia física. 

¿Quiénes son los agresores?

Después del ataque, Pino estuvo prófugo por dos días. Fueron los testimonios aportados por vecinos y recogidos por el Movilh los que se pusieron a disposición de Carabineros para ubicar su paradero y detenerlo. Una vez en el juicio, Pino insistió en que no había golpeado a Sandra e, incluso, aseguró nunca haber agredido a una mujer. Una versión que fue desmentida por el registro de una cámara de seguridad, captado desde uno de los edificios del sector, publicado por Chilevisión Noticias. En el video es claro el momento en que un hombre toma el fierro. 

¿Cuánta información existe sobre los agresores? ¿Cómo se utiliza esa información para evitar que se sumen nuevas víctimas?

A fines de agosto de este año, el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SERNAMEG) junto a otros organismos estatales y policiales, presentaron el último Informe Anual sobre Femicidios, correspondiente a los casos recogidos durante 2024. Dentro de los datos que incorpora, se encuentran los antecedentes penales de los agresores, dependiendo del tipo de femicidio cometido. 

El escenario es heterogéneo: a nivel general, un 21,2% de los agresores registraba condenas previas, lo que sugiere un historial de violencia o actividad delictiva en una proporción considerable de los casos. Sin embargo, el documento señala que, al analizar los tipos de femicidio por separado, se observan contrastes importantes: en los casos de femicidio consumado, la tendencia mayoritaria indica que el agresor no contaba con condenas anteriores (72,7%); mientras que sólo un 15,9% sí las tenía. 

En los femicidios frustrados —cuando el agresor comete todos los actos para dar muerte a la víctima, pero no se concreta por causas ajenas a su voluntad—, la proporción de agresores con condenas anteriores aumenta significativamente a un 23,5%, mientras que la mayoría (67,7%) no registraba antecedentes penales. 

Se suman los femicidios tentados —el ataque del agresor es incompleto o la víctima sobrevive porque estos no fueron suficientes para quitarle la vida— donde una mayoría de agresores no tenían condenas anteriores (55,7%), mientras que el 15,9% sí las registraba. 

Debate legislativo por las mujeres diversas

Sandra Almeida fue víctima de un femicidio no íntimo. Este tipo penal que fue incorporado dentro de la Ley 21.212, conocida como Ley Gabriela, en honor a Gabriela Alcaíno y su madre Carolina Donoso, quienes fueron asesinadas por su ex pareja, en 2018. La conmoción que provocó el caso llevó a que su familia solicitara la ampliación de la legislación existente en relación al femicidio, a cualquier asesinato con razón de odio y ensañamiento hacia las mujeres. Con la tramitación de esta ley, ingresada por las entonces diputadas comunistas Camila Vallejo y Karol Cariola, se modificaron aspectos del Código Penal para hacer más eficiente la persecución de los delitos de violencia de género. Se promulgó en 2020.

Con esta ley, se amplió el reconocimiento del femicidio tanto íntimo —dentro de una relación de pareja— como no íntimo, que abarca todo asesinato de mujeres y niñas por razón de género. También visibilizó que los femicidios no ocurren únicamente en el ámbito privado, como se creyó durante muchos años, sino también en el espacio público, como fue el caso de Sandra.

Erika Montecinos, fundadora de la Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio, una organización que desde 2014 visibiliza las demandas y derechos humanos de mujeres lesbianas y bisexuales, asegura que a través de este reconocimiento legal se confirmó que el espacio público sigue siendo peligroso para quienes se identifican como mujeres y parte de las disidencias. Sin embargo, aclara que inicialmente, la legislación no contemplaba la orientación de género. Durante la tramitación en el Congreso, incidieron para que se incorporara una mirada interseccional al proyecto, promoviendo una indicación que buscó reconocer el femicidio como “cualquier ataque a una mujer o a quien se identifique como tal en razón de su orientación sexual, identidad o expresión de género”. Esta fue aceptada y se mantuvo hasta el término de la discusión.

—Esto viene a reparar una situación que todas conocemos desde que nos educan, como mujeres, a estar en el espacio público, que siempre ha sido vetado para nosotras, y no solo dentro de las narrativas públicas, como las vocerías, sino también para transitar libremente, sin miedo. Y no solo por el hecho de identificarse como mujer, sino también como parte de las disidencias, con una identidad sexual diversa —dice Montecinos.

Destaca, además, que ha sido la presión de las organizaciones la que ha permitido incluir la mirada de la diversidad en las leyes y, finalmente, llegar a un fallo que califica como histórico.

—Hay una larga lista de compañeras que nunca obtuvieron sentencia, o sea, desde el primer caso de un crimen de odio, que fue el de Mónica Briones Puccio (1984), pasando por el caso de Nicole Saavedra, en Limache (2016), que no alcanzó a estar dentro de esta legislación.

Por primera vez, la violencia de género contra una mujer de la disidencia sexual encuentra un camino distinto a la impunidad. El caso de Sandra marca un precedente judicial que confirma la urgencia de garantizar protección para las mujeres diversas en los espacios públicos. Y, ante todo, reconocer a mujeres, hijas y nietas que se han movilizado hasta obtener justicia por ellas.

*ILUSTRACIONES DE MARA PARRA.

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